martes, 4 de marzo de 2014

CRITICA COLEGIO ABOGADOS DE PALMA DE MALLORCA AL PROYECTO DE JUSTICIA GRATUITA

El Colegio de Abogados dice que varias consideraciones de la Ley de justicia gratuita afectarán a la prestación   

Critica que más de tres peticiones de justicia gratuita en un año se vaya a presumir abuso del derecho

PALMA DE MALLORCA, 26 (EUROPA PRESS)

El Colegio de Abogados de Baleares ha asegurado este miércoles que hay "no pocas" consideraciones en el proyecto de ley de justicia gratuita que afectarán negativamente a la prestación de este servicio.

Según ha informado en un comunicado, el Colegio de Abogados de Baleares (ICAIB) se une al rechazo que ha suscitado en la Abogacía Española y en la mayor parte de las corporaciones profesionales de abogados esta normativa aprobada recientemente por el Consejo de Ministros y ha confiado en que durante la tramitación parlamentaria se mejoren, corrijan o eliminen algunas de las previsiones que se consideran perjudiciales para los ciudadanos y para los colectivos profesionales implicados en la prestación del servicio.

"Existen dudas razonables sobre si en la práctica habrá más personas que puedan beneficiarse del sistema de justicia gratuita, ya que, aun cuando, ciertamente, el proyecto aumenta, en diversos casos, el umbral de los ingresos mínimos exigidos para poder acceder al servicio, lo que en principio podría favorecer un incremento en el número de beneficiarios, en el caso de que los solicitantes constituyan una unidad familiar de una sola persona, la propuesta puede derivar en una limitación importante del acceso a la justicia gratuita, dado que para este colectivo, que se presume numeroso, se rebaja el umbral de renta en más de 2.100 euros brutos anuales".

Además, para determinar los umbrales de renta el legislador ha optado por las magnitudes o patrones más restrictivos, esto es, por un lado, los ingresos brutos, y, por otro, el IPREM, en vez de hacerlo por los ingresos netos y el Salario Mínimo Interprofesional, que, posiblemente, hubieran permitido dar paso a mayor número de beneficiarios.

Por otro lado, critican que más de tres peticiones de justicia gratuita en un año se presuman como abuso del derecho. Esta previsión la considera "un auténtico despropósito" porque, especialmente en la actual situación de crisis, existe la posibilidad de que un mismo beneficiario se vea involucrado en distintos procedimientos de, por ejemplo, reclamación de cantidad.

Así, el Colegio ha lamentado que el legislador haya optado por la "presunción de culpabilidad" basándose en un criterio meramente cuantitativo consistente en el número de veces que un mismo usuario solicita en un año el reconocimiento de la justicia gratuita.

También se ha referido a la obligación de los colegios profesionales de denunciar las situaciones de abuso del derecho por parte de beneficiarios y ha indicado que esta función, aunque adopta la forma de un deber, conlleva la potestad de efectuar la correspondiente valoración previa y "no parece adecuado que se atribuya a los Colegios ese margen de apreciación, sin olvidar que tampoco parece que los entes colegiales dispongan de los medios apropiados para poder efectuar esa valoración, ni por tanto para poder dar cumplimiento a la función que les asigna".

Además, el Colegio ve "vaga y superficial" la referencia a la retribución de los profesionales de justicia gratuita y lamenta "el modo excesivamente superficial" con el que se aborda este tema. "Esta formulación tan genérica no ofrece respuesta alguna a las principales y ya históricas reivindicaciones de los letrados adscritos a los servicios de justicia gratuita, referidas, básicamente, a la percepción de una retribución que se mueva dentro de los términos de dignidad, así como a la puntualidad en el pago de las mismas".

También ha criticado la burocratización del servicio y el incremento notable de las funciones de revisión y de comprobación asignadas a los colegios, lo que multiplicará la carga burocrática de éstos. Además, ha lamentado la falta de igualdad entre los ciudadanos independientemente de sus recursos económicos, o que haya un máximo de tres horas para que el letrado se persone en la instancia judicial que haya requerido su asistencia.

Finalmente, ha reprochado que este proyecto de ley se vincule con la Ley de Tasas puesto que "la justicia gratuita es un derecho constitucional y como tal ha de sufragarse por las administraciones públicas competentes y porque la Ley de Tasas, una norma con amplio rechazo social, político y judicial, está pendiente de cinco recursos y varias cuestiones de inconstitucionalidad".

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