viernes, 25 de mayo de 2012

CRONICAS HISTORIADAS SOBRE EL TURNO DE OFICIO

 

 

 

EN ARAGON, NO TENEMOS UNAS DIFERENCIAS SUSTANCIALES

ES CIERTO, QUE NO TENEMOS SEGURIDAD SOCIAL, FRENTE A CATALUÑA, GALICIA, EXTREMADURA, CASTILLA LA MANCHA (abogados jubilados).

 

Importante es resaltar que en Aragón existe un compromiso de pago, aunque no se justifique con la documentación el derecho a justicia gratuita, es decir cuando se deniega la justicia gratuita, los abogados aragoneses cobran del turno, sino se puede cobrar del propio cliente, SIEMPRE. Se amenaza últimamente con romper este compromiso de pago (se paga con los gastos de infraestructura), me dijeron compañero de otras latitudes, que resaltara esta situación, ya que existen comunidades autónomas, que no cobran, sino se justifica el derecho a litigar gratuitamente del usuario del servicio.

 

 

La regulación del pago actual, de los honorarios del abogado del turno de oficio, (no acepto el término compensación económica, ni subvención) no se ha hecho, con nuevos baremos regulados por la CCAA, hasta la fecha., sino con los famosos anexos retributivos caducos y anticuados del reglamento de la Ley de Justicia Gratuita. Los baremos se han ido incrementando, mediante CONVENIO, de la DGA, órgano de gobierno de la CCAA y los Colegios de Abogados, con un incremento no muy sustancial pero incremento, respetando aumentos anuales de IPC, durante la vigencia del convenio, que era de tres años, y que recientemente ha sido REVISADO.

No tenemos pues, reglamentación propia o autonómica, y nos guiamos por un convenio como digo, entre las partes, en materia retributiva, respecto a la legislación central o estatal, es decir partimos de los baremos retributivos centrales.

 

RESPECTO AL FUNCIONAMIENTO DEL TURNO DE OFICIO.-

 

Tenemos un turno con un listado por cada uno de los órdenes jurisdiccionales, Civil, Mercantil, Contencioso, Laboral, Menores,  Familia, Penal,   incluida la  lista AUTONOMA de penal de violencia de género y CINCO SERVICIOS DE ASISTENCIA,  saoji, penitenciario, sam, mayores, y el soj

 

Tenemos turnos diarios de asistencia al detenido, de violencia de genero, de violencia domestica, cada uno por separado

 

Para un mayor estudio, y atención a las características de cada uno de los servicios, podéis dirigirnos a la pagina web del colegio, reicaz.es, y en la primera pagina de inicio, veréis, circulares, una vez dentro de las circulares colegiales buscar la número 38 del 2.010, donde encontrareis un amplio informe sobre el funcionamiento de nuestros turnos y servicios de asistencia.

 

 

Pero a mi, hoy, me gustaría hablar, sobre la evolución del concepto de “abogado de oficio”, que casi siempre es Abogado de Justicia Gratuita.

No me iré a los anales de la historia, para hablar de la época romana, ni medieval, con referencia al abogado de los pobres, San Ivo, en aplicación de principios de caridad cristiana, o ayuda a los pobres. Pasare por alto Las Partidas y el Vidal Mayor, en atención a los menesterosos. Tampoco, ni tan siquiera haré referencia, al momento en que la justicia de pobre se muestra en nuestra Leyes de Enjuiciamiento Civil y Criminal, ni de las listas rigurosas de principios de los años 50 del siglo anterior, con la obligación de atender por parte de todos los abogados, clase privilegiada en aquella época, casta social, que estaba obligada a atender a los pobres, cada cierto tiempo, cuando les tocaba, que era poco, atendían de forma gratuita.

Curiosas fueron, vistas desde los tiempos actuales,  las bolsas o presupuestos establecidos a finales de los 70 principios de los 80, y de las bolsas de justiciables pobres, que se repartían equitativamente, tanto el dinero, como los justiciables pobres, tocando a tanto el asunto, fuera lo que fuera, divididas por todos los asuntos que entraban en el Colegio, de la bolsa prevista para cada colegio en función de su importancia. Aquí, ya la adscripción de abogados fue voluntaria, y de alguna manera remunerada, sin saber a ciencia cierta, nunca, cuanto te iba a corresponder, pues la bolsa variaba poco, y dependía del numero de asuntos que entraran, si eran muchos, se repartía menos, y si eran pocos se repartía más dinero entre los compañeros.

En aquella lejana época, para la mayoría, ya estaba, verdad, vigente el art. 119 de la Constitución, que determinaba la gratuidad de la justicia, para quien acreditara falta de recursos, y el art. 17.3 de la misma norma. Existió una primera regulación muy cicatera, que empezó a legislar sobre justicia gratuita.

El abogado del turno de oficio, más bien el abogado de Justicia Gratuita, ha sufrido una rápida y gran transformación, como casi todo, en estas últimas décadas. Estando sometida la profesión a una serie de vaivenes vertiginosos y que en los últimos años, se ha visto asomar como una verdadera especialización dentro de la abogacía, sometida a una serie de influencias, presiones, en definitiva intereses de todo tipo, manejando sin duda un voluminoso presupuesto económico de millones de euros, a cargo de las CCAA y del Estado.

Realmente sobre el abogado de oficio, penden o gravitan muchos intereses en la actualidad.

TODO NACE, desde la masificación de la profesión, a finales de los años 80, producto o consecuencia del acceso masivo a la universidad de la totalidad de las clases sociales españolas, altas, medias, bajas ( acceso a las becas), los colegios de abogados se llenan de letrados, jóvenes titulados, que no tienen trabajo ( clásico), y que se preocupan por inquietudes personales y sociales de su entorno, dando nacimiento a una serie de servicios profesionales de carácter gratuito ( presos, extranjeros, menores ) y con posterioridad, violencia sobre las mujeres, tercera edad, discapacitados….

Aquí los dirigentes de nuestros Colegios Profesionales, vieron lo que seria el germen de los abogados de oficio actuales, el proceder a subvencionar, proteger, convenir acuerdos con otras instituciones, el pago de pequeñas aportaciones económicas, fue un buen objetivo, para la propios dirigentes corporativos, pues recibían la aceptación de sus jóvenes colegiados, y con ello el voto, y a su vez, para los propios colegios profesionales, agradecidos  por las subvenciones recibidas, para los propios colegios, pues era una manera de que sobrevivieran en aquella época, gestionando estos servicios.

Por otro lado los coordinadores de estos nuevos servicios, abrían nuevas perspectivas a unos nuevos despachos profesionales, con nuevas materias a tratar, muy distintas de las existentes, penitenciario, extranjería, menores, mujeres. Empiezan pues a moverse, intereses sobre el inicio de la abogacía de oficio, tal y como la conocemos.

 

Si que fue un cambio importante y sustancial, la Ley 1/ 1996, de 10 de Enero de Justicia Gratuita, que configura la justicia gratuita como la conocemos hoy, haciendo desaparecer la antiguas piezas separadas de justicia gratuita, que realizaban y confeccionaban con todo su procedimiento especial, los Juzgados, para conocer o denegar el propio Juez el derecho a pleitear gratuitamente. Y el reglamento, que luego se modifica que desarrolla la ley anterior, con unos anexos que regulan la baremación de los ingresos a percibir.

 

Con la ley 1/ 96 de Justicia Gratuita, los Colegios Profesionales empiezan a revivir, totalmente, de un cierto letargo o agonía. Y a gestionar importantes competencias económicas de distribución presupuestaria de los haberes del Turno de Oficio, que reciben sus colegiados.

 

Descubriendo sin más, que cuantos más turnos hubiera, más haberes, y más participación económica del Colegio, para mejor infraestructura colegial y mantenimiento económico corporativo, y a su vez, comprobaron, no solo los colegios más importantes, sino todos en general, que había que promocionar al abogado de oficio y el número de asuntos y servicios que presta, y que el abogado de oficio debía de tener un puesto relevante en el colegio, y que además podía dar  un número importante de votos, y que cada vez era mayor el número de listas y letrados asignados, promocionados por los propios entes corporativos o colegios profesionales, hasta el punto que ha llegado a ser imprescindible, el turno de oficio, para salvaguardar a nuestros colegios profesionales económicamente y que los votantes del Turno de Oficio, son decisivos para los colegios profesionales.

Lo que al inicio de este movimiento, atrajo los intereses profesionales de ilustres compañeros, en despachos de nueva impronta, sobre nuevos temas (extranjería, penitenciario, menores, mujeres), se convirtió en un interés corporativo de los colegios de abogados.

 

Aquí es donde se inicia realmente la evolución en el significado del abogado del turno de oficio actual y los intereses que le rodean y por ello lo definen.

 

Sin duda la Ley 8/2002 primera Ley de libertades y derechos de los extranjeros, hizo que a la vez que se incrementaban el número de asuntos turnados, se incrementara el número de abogados del turno de oficio, en centros de detención, centros de internamiento, aeropuertos, puestos fronterizo, , y lugares de entrada ilegal, profesionalizando más la especialización, se tuvieron que incrementar los presupuestos asignados al pago de letrados, en algunos casos duplicando y triplicando lo presupuestado.

 

Y se oyeron las primeras voces que decían   “ Estáis locos, es que pretendéis vivir del Turno de Oficio?”

 

Es aquí cuando realmente comienza la nueva etapa del abogado del Turno de Oficio, y su aparente o real profesionalización. Y cuando un nuevo interés ajeno al Letrado del Turno de Oficio, pretende controlarlo, manejarlo, utilizarlo para sus propios fines. El interés político.

 

Las nuevas leyes y revisiones de las mismas, que se incorporan a nuestra legislación, sobre violencia de genero sobre la mujer, revolucionan el trabajo del abogado del turno de oficio, ya que no solo defenderán en asuntos penales, y en todos los ordenes judiciales, actuando también en materias administrativas en temas de extranjería, sino que asumirán acusaciones particulares en temas de violencia sobre la mujer, aprovechándose el poder político, y en tiempos de gobierno del PP, se nos intentara incluso cambiar nuestro nombre de Letrados o Abogados, por el de operadores jurídicos, pero esta era solo otro peldaño más,  vendrán los juicios rápidos, con sus nuevas especializaciones rápidas, de la denominada justicia de supermercado, alcoholemias al 0,6,  sin  apenas posibilidades de defensa, más sanciones administrativas que penales, carnet sin puntos, inexistencias de carnet, excesos de velocidad, más maltratos rápidos con arrepentimientos también rápidos, etc., etc., arrepentimientos activos a tuti pleni, en fin, un sin número de  “ operaciones jurídicas”, que estresan inevitablemente al letrado de turno, por su velocidad, y a veces por las largas esperas, todo a la vez, en que el Estado, utiliza, se sirve del abogado del turno de oficio, como mano de obra barata proletarizada, para conseguir que funcione el mecanismo de la justicia operativa y rápida, para la obtención en la mayoría de los casos de objetivos políticos, sin importar demasiado en realidad, ni las victimas, ni los perjudicados , ni los concretos imputados, sino conseguir, disminuir cifras, de muertos en carreteras ,de accidentes de carreteras, de muertas por sus maridos o parejas sentimentales, etc,etc.

 

Es obvio y lógico que esta utilización masiva de abogados, solo se puede cubrir con abogados de oficio, dado que no van a producir un importante gasto, (en lo referente al pago de cada uno de ellos), y los tenemos trabajando los 365 días, las 24 horas del día, estupendo, magnifico. Nuevo manejo de nuestra actividad como Letrados del Turno de Oficio, nuevo abuso del sistema creado.

 

A todo esto, el trabajo del abogado del Turno de Oficio, se hace imprescindible, es parte de la realidad  cotidiana, en todos los juzgados, ocupando un amplio espacio de trabajo de los mismos, el abogado se especializa, incluso en algunas materias se hace insustituible, es el mejor y el que más sabe, pero empieza a darse cuenta de que no solo le utilizaron en su día los creadores de los servicios de asistencia, no solo los colegios profesionales, con su voto, y mantenimiento de infraestructuras, no solo el poder político de turno, con su utilización masiva, en múltiples y variados procedimientos, con las nuevas legislaciones de ofrecimiento de abogados del turno de oficio, para todo., sino también los clientes, que no abonan sus minutas cuando tienen derecho a cobrarlas, y porque no decirlo, sus propios compañeros de profesión, algunos de ellos claro, con utilización fraudulenta,  en fines de semana, festivos, periodos vacaciones, y en principios , finales o fases del procedimiento, para luego pedirnos la venia profesional, cuando les interesa.

 

Una vez profesionalizado, trabajando diariamente, todos los días, especializado en ciertas materias que solo el turno de oficio, lleva y se atreve a llevar, por sus características  especiales, por su dureza, por su tensión, por su irracionalidad ya digerida, DESPIERTA, y se da cuenta que todo el mundo LO UTILIZA, incluso el Tribunal Constitucional, indica, en una sentencia cercana en el tiempo, que las acusaciones particulares en todos los asuntos penales, , pueden utilizar abogado de turno de oficio, es decir, se puede utilizar la justicia gratuita, para acusar en todo tipo de procedimientos penales, sea la materia que sea. Del abogado de oficio se abusa por todos los órganos y personas intervinientes, en la canalización de su actuación profesional, por TODOS. Y no existirían quejas, críticas, y reivindicaciones diarias en todos los Juzgados de España, si no existiera una falta de incentivos, de derechos profesionales, económicos y sociales, reconocidos.

 

Por unos, se encumbra, la perfecta labor social desarrollada en el ejercicio de nuestro trabajo.

Por otros, se indica la encomiable labor que se realiza, sin apenas retribución.

Por otros también, se indica que somos los mejores profesionales y que apenas hay quejas de nuestra labor. (Observatorio de la justicia)

Y yo digo, y que más señores, hasta cuando pretende que nos vayamos a creer que NO SOMOS CARNE DE CAÑON, de unos y otros, para sus propias finalidades e intereses.

 

El abogado de oficio, creo que ha despertado DE LOS CANTICOS DE SIRENA,  viendo lo insostenible de la situación de los abogados de oficio, y que “la triste realidad demuestra que la remuneración de los abogado de oficio es miserable”, y no lo digo yo, lo dice EL JUEZ GOMEZ BERMUDEZ. El abogado de oficio, ha sido adormecido, por las propias instituciones, con hipócritas alabanzas, que en nada ya nos distraen, ni nos inmutan. Y finalmente el abogado de oficio, se asocia, reivindica y lucha por sus derechos y dignidad, como cualquier otro profesional, y más en tiempos de crisis, con rebajas de honorarios cicateras, intentando que se respeten nuestras actuaciones diarias, que a la vez, engrandezcan el Turno de Oficio, que quede claro, que no queremos más alabanzas hipócritas, que no somos, como todos los compañeros indican NI ONG,S, NI HERMANITAS DE LA CARIDAD, QUE CLARO QUE QUEREMOS VIVIR DEL TURNO DE OFICIO, y que no queremos que se nos engañe, y por ello, la suerte de acciones en defensa de nuestra dignidad ya ha empezado en toda España, desde hace tiempo.

 

 

Fdo. Alberto Verón Izquierdo

Fundador y miembro en la actualidad del Comité Ejecutivo de la C.E.A.T.

Vicepresidente de la Sección del Turno de Oficio del REICAZ

 

domingo, 6 de mayo de 2012

miércoles 14 de diciembre de 2011

REFLEXIONES SOBRE …….JUECES Y ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO

El Poder Judicial, hasta la fecha, no ha mostrado públicamente, ningún malestar generalizado, con el conjunto de actuaciones de los abogados del turno de oficio, y con el sistema o forma de organizar la Justicia Gratuita en España. Últimamente, es cierto, que hemos tenido conocimiento, por parte de miembros del Consejo General del Poder Judicial, de la necesidad de creación de un organismo, (Agencia), que coordine el funcionamiento, gestión, tramitación de la Justicia Gratuita, posiblemente motivada, por la falta de unanimidad de criterios, en todos los aspectos, que regulan la Justicia Gratuita, en el Estado Español, distorsión creada, por la regulación autónoma, en cada una de las Comunidades que asumieron competencias, en materias de un servicio público, nacido de la normativa constitucional, del desarrollo del derecho a justicia gratuita, cuyo contenido y aspectos, es distinto en cada parte del territorio español.
Pocas críticas pues a la configuración del sistema facilitador de abogados y procuradores, para los que no tienen recursos para su contratación. Los jueces, sus asociaciones, y su máximo órgano director, el Consejo General del Poder Judicial, no manifiestan un malestar generalizado, en la configuración del acceso al servicio público por parte de los ciudadanos.
Si bien es cierto, que ya de forma particularizada, siempre se han dado, las oportunas denuncias o alabanzas a la actuación individualizada de los letrados del Turno de Oficio, que como en todo colectivo se manifiestan con diversidad y pluralidad.
En realidad el poder judicial, se ha conformado, con que los letrados del turno de oficio, cumplieran con sus obligaciones, en Tribunales y Juzgados, que se produjeran sus designaciones, de forma correcta y puntual, que se atendiera con la debida diligencia a cualesquiera actuación procedimental, plazos, asistencia a comparecencias, audiencias, vistas, etc. , sin constatar o percibir en una gran mayoría de ocasiones, el servicio público que los letrados asignados realizan, de forma en muchas ocasiones, sacrificada, y abnegada, olvidando, en muchos casos, pongamos un ejemplo, que una falta de citación o ausencia a una declaración, de un testigo, imputado, ocasiona graves perjuicios, no solo al funcionamiento de la Justicia, sino al propio Letrado, sin preocuparse excesivamente de los perjuicios que le produce, por no meditar, en la función cuasi-pública que realiza, en esos casos fallidos, sin compensación alguna. Así también, no se llega a percatar por los jueces, que en muchas ocasiones el abogado de turno de oficio, se ve obligado, por la función pública que ejerce, de llegar a cumplimentar hasta el último recurso, previsto por Ley, por la mayor responsabilidad que conlleva su actuación frente al ciudadano con unos derechos reconocidos por Ley, que pueden ser mayormente exigidos a ese Letrado, que no al Letrado que actúa privadamente, que ha sido contratado por su cliente, y del cual puede desligarse en cualquier momento.
Debe ser preciso, un mayor conocimiento judicial de la actividad desarrollada por el Letrado del Turno de Oficio, en todos sus aspectos, ya que sus actuaciones en los tribunales, son mayoría, respecto a las actuaciones de los abogados particulares, y más en algunas jurisdicciones como la penal, civil ( familia), contenciosa ( extranjería ). Las actuaciones forenses de los letrado del turno de oficio, no son la excepción, en los procedimientos judiciales, son mayoritarias en la actualidad, y más en tiempos de crisis económica, de ahí, que se deba conceder una especial atención, conocimiento e información, de la naturaleza jurídica de su actuación, a su regulación reglamentaria, en definitiva a sus obligaciones y derechos, en el cumplimiento de su labor, por parte del juzgador, para no caer, en viejos y arcanos planteamientos de lo que fue, la función realizada, por los letrados del turno de oficio, con anterioridad a la Constitución, su desarrollo y evolución posterior.
Otro claro ejemplo, de mala praxis judicial, es pensar, que un letrado de oficio, no puede ver cubierta su retribución, por la parte condenada o perdedora de un litigio. Así vemos en multitud de ocasiones, en la jurisdicción penal, en la cual se asigna a un letrado de oficio, una acusación particular, cuestión en la actualidad muy frecuente, que obtiene, una sentencia condenatoria frente a un imputado solvente, y que no se produce condena al pago de las costas de esa acusación particular, cuya actuación es ostentada por letrado de oficio, que sí que se produciría si la acusación particular, estuviera representada por abogado particular. Esta actuación es constatable, en numerosos pleitos penales de determinadas especializaciones (juicios rápidos, violencia de género,…etc.). Los jueces, existiendo sentencias condenatorias, intentan soslayar o esquivar, el pago de las costas de estas acusaciones particulares de oficio, sin fijar su atención, en las labores que el letrado de turno de oficio, debe realizar, en muchas ocasiones extrajudiciales ( búsqueda de testigos, información, asesoramiento previo), que son aprovechadas por todos los intervinientes, el propio juzgador, el fiscal, que no se reflejan en la vista, argumento utilizado por el juez, en muchas ocasiones (falta de actividad en la misma, coincidencia con la acusación pública en la acusación, etc.) para no condenar al pago de estas acusaciones, semi-públicas. Sin percatarse los jueces, que el hecho de no condenar al pago de estas costas de acusación particular, va en detrimento de todos, del erario público, pues será el órgano competente estatal o autonómico, el que por no haber realizado la condena al pago de las costas, deberá abonar sus honorarios al letrado de oficio. Pudiendo haberse ahorrado, y más en tiempos de austeridad económica, un gasto público presupuestario, que pudiera correr, a cargo del condenado solvente. Como he dicho, viejos argumentos, viejas rivalidades, falta de colaboración entre todas las partes intervinientes en el proceso, que es hora de salvar, con una mayor conocimiento, de la labor, que unos y otros realizamos, en nuestra tarea diaria de gestionar la acción de la justicia, cada uno en su misión, pero no perdiendo la visión de lo que entre todos hacemos, en este caso, de la que se atribuye al abogado de oficio.
 
Alberto Verón Izquierdo
Abogado del ReICAZ

 

 

SE EQUIVOCAN LOS ABOGADOS VALENCIANOS

 
 
 
Desde Zaragoza, con el mayor respeto debido, consideramos, que las actuaciones llevadas por los Abogados de Oficio, para la consecución de sus justas reivindicaciones, no son el camino adecuado.
La suspensión, limitación, o restricción, de Servicios de Orientación, solo pueden dar satisfacción a quien debe de pagarlos, en este caso la Generalitat Valenciana, dado que con la colaboración de los que siguen, las directrices de suspensión de servicios, solo consiguen y exclusivamente, la satisfacción de quien no debe de pagarlos, por no hacerse, y el perjuicio de los ciudadanos que no reciben el servicio público.
Los compañeros del Turno de Oficio de Zaragoza, consideramos, que no es la forma ideal, sino que produce el efecto contrario, es decir pagar menos, con la consiguiente minoración de las retribuciones de los compañeros valencianos.
Las propuestas, deben de ser de otro calado, y las propuestas respecto a la suspensión del servicio, no son las adecuadas, benefician a la Generalizar, y perjudican a los letrados.
No somos quien para decir, cuales son mejores, deben ser elegidas por los compañeros valencianos, pero desde Zaragoza, les proponemos, que estudien con detenimiento otro tipo de medidas, y que analicen las tomadas, en otras ocasiones, y en otros territorios.
En definitiva, todo lo que no sea paralización de los juzgados, no perjudica a la administración de justicia valenciana, pensar bien lo que hacéis compañeros. Facilitar, tan solo, que os paguen menos, y encima, se limiten los servicios a los ciudadanos, es lo que quieren, y lo que han hecho por decreto, los responsables de abonar vuestras actuaciones, limitándolas cada día más, y encima les estáis ayudando.
Cuando encima, ya entra, el Colegio Profesional, y dice : " Que garantiza el servicio del Turno de Oficio ", la jugada les sale perfecta.
Otro consejo, para cualquier medida que toméis, siempre controlar antes, el número de compañeros que están dispuestos a secundarla. Así se justifica con anterioridad, el que se tome o no, una determinada medida.
Suerte, animo, y a luchar. Para cualquier cuestión, estamos dispuestos, todas las asociaciones del turno de oficio de cualquier territorio, a ayudar, reflexionar, o simplemente comentar con vosotros, las medias más agiles, y precisas, en cada momento de la negociación, protesta, o reivindicación a conseguir.
ZATURNO . Turno de oficio de Zaragoza
JEREZ Y CÁDIZ, BIENVENIDOS AL CLUB
 
 
 
Cada día somos más los abogados del Turno de Oficio, que apoyan las reivindicaciones en sus respectivos territorios, y con ello, las reivindicaciones de la Confederación de Abogados del Turno de Oficio, si hace poco, era Córdoba, quien se ponía en pie de guerra, y en Huelva, se creaba una asociación mas, Foro de Abogados Independientes de Huelva, en estos días estamos " celebrando" la eclosión reivindicativa en las ciudades de Jerez y Cádiz.
Desde la opinión de la Confederación, convendría ir uniendo, a todo el Turno de Oficio territorio andaluz, para que su voz, sea más fuerte, y se oiga en la Junta de Andalucía, Granada tiene su Foro de Abogados, que esta realizando una estupenda labor. Por favor, compañeros, no desaprovechéis la oportunidad, y generar la unidad de todos vuestros territorios, para unificar criterios, formas y modos de actuación.
Es el momento, la oportunidad, de que todos vosotros, abogados, consigáis, que se respete la dignidad de nuestro querido Turno de Oficio. En realidad, nos gustaría ver, que tenemos asociaciones en cada uno de los colegios, que a su vez, coordinan sus movimientos, como mejor seáis capaces de hacerlo.
Observamos desde la Confederación, que el brote esta servido, solo falta que toméis la rienda de la unidad asociativa, sin demasiadas exigencias burocráticas, pero con la firme decisión, de permanencia, pues es mucho, lo que hay que resolver, y pocas las ganas de la Administración de solucionarlo. No vale pues, con que finalmente, vuestra Comunidad, os pague tarde y mal, debéis consolidar una actuación continua, como hacemos y pretendemos desde nuestra Confederación.
ANIMO Y PARA DELANTE, EL OBJETIVO ES COMÚN, ASÍ COMO EL SERVICIO PUBLICO QUE REALIZAMOS EN TODO EL ESTADO.
SOLIDARIDAD CON EL DECANO DE SUECA
Desde la Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio, mostramos nuestra solidaridad con el Decano de Sueca, Don JOAN TAMARIT. No solo están contigo estimado Decano, los abogados de oficio de la Ribera Baixa, ten la convicción, que el resto de los Abogados del Turno de Oficio de todo el Estado, estamos contigo, que necesitamos personas como tú, que den un paso al frente, con valentía, en las reformas y reivindicación del servicio público que ofrecemos todos los letrados del resto de los territorios. Te tenemos en nuestro pensamiento, y te garantizamos, que desde la CEAT, obtendrás el apoyo de la totalidad de las asociaciones de abogados, que estamos confederadas.
Y desde luego, mandamos un mensaje de advertencia a los titulares de los Juzgados que intentan amedrentar, silenciar, y combatir, vuestras justas reivindicaciones, NO VAN A INICIAR DENUNCIA ALGUNA CONTRA NINGÚN ABOGADO DE SUECA ( Valencia ), pues si lo hicieran, están DENUNCIANDO A TODOS LOS ABOGADOS DE OFICIO, que trabajan diariamente en el resto de los territorios, con el consiguiente problema, de que miles de abogados del turno de oficio, se van a sentir perjudicados y agraviados, con la actitud temeraria y grave provocación, que cualesquiera interposición de denuncia contra los abogados de Sueca, se produjera por iniciativa de los titulares de los Juzgados de Sueca.
Es evidente, que la situación en la Comunidad Valenciana, no difiere en absoluto, de la del resto de territorios de la totalidad de las Comunidad y Ciudades Autónomas y que todos estamos viviendo iguales e idénticos agravios. Aviso pues a navegantes, cualquier inicio de actuaciones desmedidas o sancionatorias, respecto a las reivindicaciones del Turno de Oficio, contra abogados del Turno de Oficio, puede producir un efecto ampliatorio y potenciador, del malestar generalizados, en TODOS LOS ABOGADOS DEL RESTO DE ESPAÑA.
Os mandamos un afectuoso saludo, siendo conscientes de la labor que estáis prestando al resto de los compañero desde vuestra Comarca y Ciudad de Sueca.
COMITÉ EJECUTIVO DE LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO

viernes, 4 de mayo de 2012

ENHORABUENA COMPAÑEROS DE VILLENA

Muy queridos compañeros: vuestra unión en la toma de decisión os ha hecho más dignos, con vosotros y con vuestra profesión.

Los no compañeros, no merecen, ni vuestro respeto, ni vuestro apoyo.

Sabéis muy bien, lo que habéis hecho. Esperemos tiempos mejores, en que no preciséis, a quien no merece el nombre de abogado.

Tened muy claro, que por culpa de unos pocos, no habéis podido avanzar en vuestras reivindicaciones, al menos no les habéis dado el gusto, de que se enriquezcan a costa de todo el colectivo de abogados del turno de oficio. Esos no compañeros, son los esquiroles de toda la vida, los aprovechados, siempre habrá, pero hay que apartarlos, y no considerarlos, nunca más como compañeros.

Esperad pues, a que no preciséis la ayuda de unos insolidarios. Algún día no precisareis de ellos, cuando todos los abogados de oficio, de todo el Estado, convoquemos una paralización completa del servicio. Serán tan pocos estos saboteadores, que igual, su propia hipocresía, les hará ser señalados, como lo que son, vestigio de lo cutre, de lo arcaico, y la vergüenza de todos los abogados del Turno de Oficio.

Hasta entonces, comportaros como lo que sois, servidores de lo público, y defensores de los más desposeídos. Ellos, los que no os han apoyado, son los menos, y no llegarán a comprender la grandeza de nuestro trabajo.

Si ya sabemos muy bien, que se visten de todo lo contrario, de que ellos son los verdaderos valedores, de lo que nosotros defendemos diariamente, pero ya no engañan a nadie, ni pueden defenderlo públicamente.

Felicitaros pues, en la decisión tomada, que ni un solo impostor, se aproveche, del derecho a defender nuestras reivindicaciones como abogados del turno de oficio.

Trabajar vuestras actuaciones reivindicativas, con inteligencia, que ni la Consejería, ni los disfrazados de penitentes, se aprovechen de vosotros. Medias a tomar ahí, pero ni un solo euro para ellos. Estudiar la reglamentación y apurar al máximo las posibilidades de éxito, de vuestras acciones, muy cerca en Sueca, parece que sus señorías, se han revuelto, por ahí, va el camino, quizás, cuando no existen mayorías o situaciones de enriquecimiento de los listillos de turno.

ZATURNO. Abogados del Turno de Oficio de Zaragoza.