sábado, 10 de marzo de 2018

FECHA LIMITE AUMENTO DE BAREMOS TURNO DE OFICIO PARA EL 2019

COMUNICADO “ALTODO” 2019: FECHA LIMITE El doce de enero de 1996 se publica en el BOE la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, cuya Exposición de Motivos dice lo siguiente: “el coste del servicio de justicia gratuita deberá ser periódicamente evaluado por los poderes públicos, que en todo caso deberán seguir el principio de que el servicio de asistencia jurídica gratuita esté digna y suficientemente remunerado, haciéndose efectiva su retribución en plazos razonables.” El siete de enero de 2003 se publica en el BOE el Reglamento Estatal de Asistencia Jurídica Gratuita, aplicable al “territorio Ministerio”, es decir, a todas las CCAA sin competencias transferidas en materia de justicia y a los asuntos de que conocen los órganos centrales de la administración de justicia, y en cuyo Anexo II se publican los “Módulos y bases de compensación económica” de abogados y procuradores de Turno de Oficio, posteriormente modificados mediante Real Decreto publicado en el BOE el diecisiete de diciembre de 2005. Desde ésta fecha hasta el presente, TRECE AÑOS después, permanecen totalmente congelados. El incremento IPC desde diciembre 2005 hasta enero 2018 ha sido del 19,6 %, lo que significa que los baremos retributivos, ya exiguos en 2005, han sufrido una merma real cercana al 20 %. Decimos que son exiguos, porque actuaciones de gran complejidad jurídica reciben una contraprestación (“indemnización”, según el tenor literal de la ley) que dista mucho de acercarse siquiera al concepto de “retribución digna y suficientemente remunerada” a que alude la Exposición de Motivos de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, como uno de sus principios programáticos, y cuya finalidad no es otra sino la de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de quienes no tienen medios en condiciones de igualdad con quienes sí los tienen, o lo que es lo mismo, el derecho a recibir una prestación profesional de calidad, habida cuenta de que el derecho a la justicia gratuita de los más desfavorecidos ya no es una “limosna o concesión graciable”, sino que es un derecho constitucional que argamasa la esencia misma del Estado de Derecho. A título de ejemplo, un recurso de casación ante el Tribunal Supremo o de amparo ante el Tribunal Constitucional, se abonaba en 2005 a razón de 260 € …. lo mismo que en 2018, trece años después; parecida suerte corren los Recursos de Apelación ante la Audiencia Provincial (102 €), el informe motivado de insostenibilidad de la pretensión (30 €); el procedimiento de partición de herencia (150 €); el procedimiento completo de familia (divorcio más medidas provisionales), que se abonaba en 2005 y se sigue abonando ahora a razón de 200 €, o el procedimiento ordinario, que se abonaba y se abona a razón de 240 €, por citar solo algunos ejemplos. Por si faltaba algo, muchos Juzgados y Tribunales han tomado el insano hábito de no entregar a los letrados o procuradores fotocopia del expediente judicial, ni permitirles, al menos, utilizar ellos mismos las fotocopiadoras de los Juzgados, condenándoles por tanto a costearlas con cargo a sus exiguos bolsillos, so pena de dejar al ciudadano en la más absoluta indefensión, amparándose en que la Ley no contempla expresamente el derecho a obtener gratuitamente fotocopia de los expedientes judiciales. Recientemente se ha publicado en algunos medios, como “excelente noticia” (http://www.abogacia.es/2018/02/16/el-gobierno-aprueba-subvenciones-de-376- millones-de-euros-para-asistencia-juridica-gratuita-en-2018/), que el Gobierno de la Nación “atiende las reiteradas demandas de la abogacía y pagará mensualmente el Turno de Oficio”, pero se oculta que la subvención estatal para este servicio en 2018 tan solo se incrementa en un millón de euros, cifra que no permitirá revisar al alza los baremos. El pago mensual, efectivamente, es una de las reiteradas demandas de los abogados del Turno de Oficio, pero no es la única ni la principal: lo verdaderamente urgente es descongelar de una vez por todas y para siempre las indignas retribuciones que aquéllos perciben en contraprestación a unos servicios cada vez más eficientes, cada vez sometidos a mayores y estrictos controles deontológicos y de calidad y a una creciente exigencia de especialización y formación continua, que dichos profesionales se ven obligados a costearse de su propio peculio pese a tratarse de un servicio público. Miles de abogados de oficio en toda España siguen percibiendo retribuciones de miseria, y hasta de hambre, como contraprestación a un servicio profesionalizado y de calidad, existiendo abogados de guardia todos los días del año, todas las horas de cada día, para garantizar que ningún ciudadano carente de recursos quede indefenso. En las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, cualquiera sea el signo político de quienes las gobiernan, la situación no es muy diferente. A título de ejemplo, en la Comunidad de Madrid los baremos permanecen congelados desde junio de 2003, a excepción de cinco baremos concretos que fueron actualizados en 2016. Hora es ya de que se ponga fin al secular inmovilismo y maltrato institucional que los profesionales del Turno de Oficio y los usuarios del servicio venimos padeciendo desde hace años, y hora es ya de que se hable no solamente de Sanidad y Educación, sino también de Justicia. Porque sin justicia, no hay Estado de Derecho. 2019 es la fecha límite. Los poderes públicos disponen de todo éste ejercicio para negociar con el Consejo General de la Abogacía Española y los Colegios de Abogados “la solución final”: una revisión al alza de baremos retributivos en toda España que compense el poder adquisitivo perdido durante trece años de hibernación, que los aproxime al concepto de “dignos y suficientes” que el legislador idealizó en 1996 como “principio programático” y que sus sucesores sistemáticamente incumplieron, y partiendo de esos nuevos baremos “refrescados” todos ellos al alza, la creación “ex novo” de un sistema de actualización periódica conforme al IPC para lo sucesivo que evite la vuelta al conflicto cada cierto tiempo. Exigimos que las Leyes de Presupuestos del Estado y CCAA para 2019 contemplen las partidas necesarias para solucionar de una vez por todas este problema enquistado que envenena las vocaciones y apaga los corazones ilusionados de miles de abogados del Turno de Oficio cuya generosidad y entrega ya no puede dar más de sí. Permaneceremos en prudente espera durante los próximos meses, y a partir de ahí, si no se ha producido un avance sustancial, si no apreciamos voluntad de incorporar al presupuesto 2019 las partidas necesarias y suficientes, volveremos a las trincheras y promoveremos en toda España cuantas movilizaciones, actos de protesta y acciones de conflicto colectivo sean necesarias para que la ciudadanía y los poderes públicos entiendan de una vez por todas que, sin la presencia y colaboración de los profesionales del Turno de Oficio, la justicia quedaría totalmente colapsada. LA JUNTA DIRECTIVA

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